Un sondeo realizado por este medio da cuenta de que los pasajeros de vuelos comerciales desconocen que pueden exigir resarcimientos ante la dilación de sus vuelos y que las empresas no les informan sobre estos derechos.

Pero los pasajeros sí pueden exigir distintos tipos de compensación, que puede aumentar de acuerdo con la cantidad de horas en las que se vean obligados a quedarse en el aeropuerto o terminal.

La Autoridad de Transportes y Telecomunicaciones (ATT) establece que por demoras de más de dos horas los usuarios del transporte aéreo deben recibir:

  • Refrigerios
  • Comunicación inmediata con el lugar de destino
  • Comidas (desayuno, almuerzo u otros)
  • Descuentos en los pasajes
  • Hospedaje
  • Gastos de traslado
  • E incluso vuelos en otras aerolíneas.

La Línea de Protección al Usuario de la fiscalizadora (800-10-6000) confirmó que estas compensaciones están vigentes para vuelos nacionales e internacionales que salgan del país y sea cual sea la razón del retraso: técnico, climático o humano.

En caso de que la empresa no cumpla con la compensación o se niegue a darla, los viajeros pueden formalizar un reclamo de primera instancia en oficinas de la ATT en el aeropuerto. Si la línea aérea no ofrece una respuesta aceptable, será pasible a sanciones.

Fuente: El Deber

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